Argentina: Una decisión del MERCOSUR que beneficia las zonas francas
04 agosto de 2015

Buenos Aires, 4 de agosto de 2015.- Uno de los regímenes de promoción del comercio exterior más extendidos del mundo, el de las zonas francas, viene sufriendo una paulatina desnaturalización en la Argentina, pero una decisión del MERCOSUR, recientemente adoptada, sería clave para que logren retomar impulso.

La decisión 33 del Consejo Mercado Común introdujo una modificación sustancial que les permite mantener el «origen MERCOSUR» a las mercaderías provenientes de países miembros y de terceros que recalen en las zonas francas, zonas de procesamiento de exportaciones o áreas aduaneras especiales.

La discriminación que operaba hasta la actualidad hacía que toda aquella mercadería de origen MERCOSUR que ingresaba en una zona franca cambiara, automáticamente, de naturaleza y se le aplicara el arancel externo común.

Solamente la poderosa zona franca de Manaos y la protegida área aduanera especial de Tierra del Fuego permanecían al margen de este tratamiento diferenciado que sufrían el resto de las zonas francas y zonas de procesamiento de exportaciones.

Perdían así las zonas francas todo atractivo impositivo para recibir cargas, y los operadores apenas tenían como opción ingresar directamente las mercaderías al territorio. Ahora, al menos, tiene alternativas.

«La norma en análisis presupone asimismo un nuevo panorama, estableciendo parámetros mas adecuados en política de comercio exterior, facilitando y promoviendo actividades que benefician las operatorias de los actores principales en la materia», señalaron desde el concesionario Zona Franca La Plata, uno de los enclaves que probablemente más se beneficien con esta enmienda.

La decisión 33/15 establece su entrada en vigor una vez que los Estados partes incorporen la misma a sus ordenamientos jurídicos respectivos antes del 1o de noviembre de este año. Además, prevé que aquellas cargas originadas fuera del MERCOSUR, pero que gocen de beneficios arancelarios a partir de acuerdos comerciales con el MERCOSUR, deberán tramitar ante la Secretaría del MERCOSUR una excepción. La lista de productos deberá ser presentada antes del 1o de diciembre.

Asimismo, la decisión estipuló un nuevo sistema para la entrega de los certificados de origen, de tal manera que se permite extender un «certificado derivado» del original cuando se fraccione una mercadería, que deberá ser emitido por la aduana local.

Es cierto que el MERCOSUR sigue lejos de su objetivo de transformarse en una unión aduanera. Pero algunos de sus movimientos espasmódicos pueden, incluso, traer beneficios estratégicos.

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