Los
Presidentes de Bolivia, Colombia, Ecuador, Venezuela y Perú, se reunieron los días 9 y
10 de junio del año 2000, en la ciudad de Lima, con ocasión del XII Consejo Presidencial
Andino.
Los Presidentes, en el
curso de esta reunión, dejaron constancia de su compromiso con la integración andina y
expresaron su convencimiento que la profundización de la misma contribuirá, de manera
sustancial, con los esfuerzos que realizan los países en procura de atender sus
necesidades de desarrollo y de lograr una inserción dinámica y provechosa en el contexto
internacional.
Al propio tiempo
reafirmaron la opción comunitaria por un regionalismo abierto, el cual ha dotado al
proceso de la flexibilidad necesaria para desarrollar con visión latinoamericana una
estrategia de integración regional y hemisférica en la economía mundial. Esta
estrategia ha permitido incrementar el comercio andino, a la vez que mejorar el potencial
de vinculación nacional y comunitaria con otros países y grupos de países.
A este respecto
destacaron con particular satisfacción la negociación conjunta, a través de la vocería
única, que viene desarrollando la Comunidad Andina en el marco del Area de Libre Comercio
de las Américas y, la culminación de las negociaciones comerciales con Brasil y
Argentina que se inscriben dentro del Acuerdo marco suscrito entre los países de la
Comunidad Andina y Mercosur y reiteraron la disposición de profundizar la vinculación
con la Unión Europea y otras agrupaciones.
Expresaron su
complacencia por la celebración, en esta fecha, de los 30 años de la constitución de la
Corporación Andina de Fomento, brazo financiero de la integración andina, que constituye
una de las instituciones financieras más importantes y prestigiosas de América Latina, y
una entidad fundamental en el financiamiento del desarrollo económico y social de los
Países Miembros.
En consecuencia,
ratificaron plenamente los compromisos adoptados en el XI Consejo Presidencial Andino de
Cartagena de Indias, respecto a la constitución del Mercado Común Andino, la
instrumentación de la Política Externa Común, el desarrollo de una agenda social y la
ejecución de una política comunitaria de integración y desarrollo fronterizo y
adicionalmente el desarrollo de actividades conducentes a la armonización y concertación
de metas macroeconómicas.
Con tales propósitos,
los Presidentes adoptaron las siguientes
DIRECTRICES:
I.
Establecimiento del Mercado Común Andino
1. La conformación
del Mercado Común Andino, entendido como un espacio para la libre circulación de bienes,
servicios, capitales y personas, que persigue el desarrollo humano de los pueblos de los
Países Miembros así como fortalecer la inserción competitiva de éstos en la economía
mundial, será un proceso bajo la conducción política general del Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores, en coordinación con la Comisión de la Comunidad
Andina en materia de comercio e inversiones.
2. Conforme al
compromiso adoptado en el XI Consejo Presidencial Andino, el Mercado Común Andino deberá
estar en funcionamiento a más tardar el 31 de diciembre del año 2005.
3. A este efecto, los
Países Miembros ejecutarán una agenda, sujeta a una programación anual, a ser
determinada en las Reuniones del Consejo Presidencial Andino, que contendrá la
identificación de objetivos específicos y acciones. Sus resultados serán evaluados por
las reuniones ordinarias del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en
Reunión Ampliada.
4. El avance del
proceso para la conformación del Mercado Común deberá corresponder a una visión de
conjunto e involucrar la adopción de compromisos en forma progresiva, así como un nivel
adecuado de cooperación política.
5. En cuanto a la
libre circulación de bienes, se dará prioridad a la consolidación de la zona de libre
comercio, la eliminación efectiva de las restricciones no arancelarias, perfeccionando su
funcionamiento a través de la adopción de disciplinas económicas y comerciales
complementarias. La Unión Aduanera deberá estar perfeccionada antes del 2005.
6. Respecto a la libre
circulación de servicios, se dará cumplimiento a la Decisión 439, en los términos y
plazos previstos.
7. La libre
circulación de capitales será abordada a partir de acciones de cooperación y
concertación entre los organismos sectoriales nacionales. La eliminación de las
restricciones al movimiento de capitales constituye un factor fundamental para el
funcionamiento y desarrollo del Mercado Común Andino.
8. La libre
circulación de personas es un objetivo que será abordado de manera progresiva, a partir
de la flexibilización de las normas nacionales, tomando en cuenta las peculiaridades del
tránsito en las regiones de frontera respectivas, de empresarios y hombres de negocios,
estudiantes, turistas y ciudadanos en general.
9. El desarrollo de
actividades conducentes al Mercado Común Andino exige también la progresiva
concertación y armonización de políticas macroeconómicas entre los Estados Miembros,
por lo que las respectivas autoridades nacionales deberán ejecutar las acciones
pertinentes para alcanzar dicho fin.
10. El pleno
funcionamiento del Mercado Común Andino requiere de actividades complementarias de
cooperación e integración tales como la armonización de leyes y reglamentos de
naturaleza mercantil, el establecimiento de mecanismos de cooperación judicial y policial
en los campos civil y penal y el establecimiento de mecanismos para fortalecer los
sistemas de control y fiscalización en todos sus campos. Los Ministerios de Relaciones
Exteriores deberán adoptar las previsiones correspondientes.
11. Los objetivos
específicos para los próximos doce meses y la lista de acciones necesarias a mediano
plazo para la conformación del Mercado Común Andino para el año 2005, están
consignados en un Anexo de la presente Directriz.
12. Sin perjuicio de
lo contemplado en el numeral anterior, se podrán ejecutar otras acciones conducentes a
los fines señalados.
II.
Ejecución de la política externa común
13. La puesta en
marcha de la Política Exterior Común ha evidenciado el potencial que representa el
trabajo conjunto de los Países Miembros en los ámbitos regional, hemisférico y global.
En ejecución de dicha política hemos alcanzado importantes resultados que refuerzan la
necesidad de seguir fortaleciendo nuestra concertación en los foros políticos y
económicos internacionales así como los vínculos de la Comunidad Andina con sus
principales interlocutores.
En este sentido
expresamos nuestro beneplácito por la suscripción de las Decisiones 475 y 476 y
encomendamos al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y a la Comisión de
la Comunidad Andina que continúen ejecutando las acciones y negociaciones que han sido
priorizadas en la agenda de trabajo de la Política Externa Común.
Instruimos al Consejo
Andino de Ministros de Relaciones Exteriores para que establezca lineamientos de política
e identifique acciones concretas de cooperación entre los Países Miembros que permitan
reforzar la lucha contra el problema mundial de la droga y la corrupción, fortalecer la
seguridad y el fomento de la confianza e impulsar la vigencia de los derechos humanos y la
profundización de la democracia en la subregión andina.
Las negociaciones
internacionales que desarrolle la Comunidad Andina con países y grupos de países deben
responder al principio del regionalismo abierto y situarse dentro del marco y las
prioridades de la Política Exterior Común Andina.
14. La realidad que
representan las comunidades de nacionales de países andinos que por diversos motivos han
optado por residir fuera de la subregión y la atención de sus intereses, hace necesario
aunar esfuerzos para defenderlos en aquellas situaciones en que se ven afectados derechos
humanos, garantías individuales o normas laborales internacionalmente reconocidas; así
como para combatir manifestaciones de racismo o xenofobia que puedan presentarse.
Por esta razón, entre
otras acciones, los responsables de la conducción de la gestión consular, deben en lo
inmediato iniciar un programa de cooperación dirigido al intercambio de experiencias y a
la ampliación de la cobertura de servicios consulares de protección a los nacionales
andinos, sobre la base de la integración de los mismos, donde fuese posible y necesario,
así como transmitir las preocupaciones de los Países Andinos a las autoridades de los
países de residencia sobre la observancia de los derechos que asisten a nuestros
connacionales.
III.
Desarrollo de la Agenda Social
15. Habida cuenta de
la importante contribución que la integración está llamada a proporcionar a nuestros
esfuerzos nacionales para el progreso social de nuestros países y sin perjuicio de las
acciones que al respecto se desarrollen bajo la conducción del Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores, las instituciones del Sistema Andino de Integración
deberán presentar a éste, para su aprobación por el próximo Consejo Presidencial
Andino, un programa de actividades específicas, que puedan ser desarrolladas en sus
respectivas áreas de competencia, con miras a consolidar el proceso de integración
andino y a contribuir a desarrollar la Agenda Social Andina, en particular, para su
aplicación en las regiones fronterizas.
16. Destacamos la
labor adelantada por el Comité Andino de Ciencia y Tecnología, en especial la creación
del Banco de Proyectos de Investigación y Desarrollo y el diseño del Programa de Acción
Comunitaria en Ciencia y Tecnología PACYT-2000. Al respecto, consideramos necesario
encomendar a las autoridades responsables continuar con los esfuerzos dirigidos a lograr
una proyección internacional sostenida para lograr el concurso de las agencias de
cooperación y de otros organismos especializados en la financiación de estos proyectos.
17. Conscientes de la
necesidad de continuar avanzando en las acciones encomendadas a los Ministros de Trabajo
en el contexto de la Agenda Social Andina acordada en la XI Reunión del Consejo
Presidencial Andino, decidimos crear el Consejo Asesor de Ministros de Trabajo, el mismo
que pondrá a consideración del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores las
propuestas resultantes de su trabajo.
18. En vista de la
importancia sanitaria para la subregión de la Red Andina de Vigilancia Epidemiológica y
de Coordinación ante Emergencias y Desastres, puesta en práctica recientemente en los
desastres naturales ocurridos en Colombia y Venezuela, instruimos al Convenio Hipólito
Unanue para que en conjunto con la Secretaría General de la Comunidad Andina y la
Corporación Andina de Fomento establezcan los mecanismos que permitan su ampliación y
desarrollo tecnológico a fin de mantener a la altura de los nuevos desafíos sanitarios
que plantea el siglo XXI.
IV.
Otros aspectos de la integración
19. Con base en los
lineamientos y en la normativa establecida por el Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores, deben desarrollarse programas integrales para el desarrollo de las
Zonas de Integración Fronteriza. En consecuencia, dichos programas serán formulados con
el apoyo de la Secretaría General y la cooperación que pueda obtenerse de la CAF, el BID
y otras instituciones o países cooperantes. A los efectos de conformar tales programas,
se establecerá en la Secretaría General el Banco de Proyectos de Desarrollo Fronterizo
con el apoyo del BID y la CAF. Los proyectos serán considerados por el Grupo Consultivo
Regional para definir su estrategia de financiamiento.
20. Reiterar la
importancia de la integración física dentro del espacio subregional andino y la
necesidad de avanzar en la implementación de una Política Comunitaria de Integración
Física. En ese sentido instruimos a la Corporación Andina de Fomento (CAF) y a la
Secretaría General de la Comunidad Andina para que elaboren un estudio que permita al
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores formular dicha política, durante el
segundo semestre del presente año.
V.
Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino
Decidimos que el
Consejo Presidencial Andino se reúna, extraordinariamente, en los meses de noviembre o
diciembre de 2000 para dar cumplimiento a lo acordado en la XI Reunión del Consejo
Presidencial Andino celebrado en Cartagena de Indias para abordar los siguientes temas:
·
El futuro de la
integración política de la Comunidad Andina.
·
Evaluación y
coordinación de las acciones de política exterior.
·
El tratamiento de
los problemas de los "capitales volátiles".
·
Seguimiento de la
Agenda Social Andina
·
En testimonio de
lo cual suscriben la presente Acta, a los diez días del mes de junio del año dos mil.
ANEXO 1
Acciones
indicativas para la conformación del Mercado Común Andino
Para la conformación
del Mercado Común Andino, los Países Miembros ejecutarán el programa de acciones de
carácter enunciativo que se señala a continuación, el cual estará sujeto a revisión
periódica:
I.
Perfeccionamiento del comercio de bienes
A. Eliminación
de Restricciones
1. Perfeccionar el
funcionamiento del Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria con base en el desarrollo de la
normativa comunitaria, el mejoramiento de los órganos nacionales competentes en el tema;
y propiciar una relación más estrecha entre ellos.
2. Desarrollar normas
andinas para asegurar que los esquemas nacionales de normalización, evaluación de la
conformidad, metrología, así como las prácticas de control y vigilancia de productos,
se adecúen a ella de forma tal que no se constituyan en obstáculos al comercio.
3. Adoptar medidas de
armonización y facilitación en materia de procedimientos aduaneros.
B. Política
Agropecuaria Común Andina
1. Adopción y
ejecución de la Política Agropecuaria Común Andina.
C. Arancel
Externo Común
1. Diseño y adopción
de un Arancel Externo Común (AEC) para el perfeccionamiento de la unión aduanera.
D. Contrabando y
otros delitos aduaneros
1. Perfeccionar los
procedimientos y el sistema de intercambio de información para la lucha contra el
contrabando y otros delitos aduaneros a partir de la Decisión adoptada.
II.
Perfeccionamiento del comercio de servicios
A.
Liberalización de Servicios
1. Asegurar el pleno
cumplimiento de la liberalización de los servicios, así como el desarrollo del comercio
de servicios intracomunitario.
B. Transporte
1. Perfeccionar y
desarrollar la política de transporte comunitaria.
III.
Libre circulación de los movimientos de capital
1. Eliminar las
restricciones a los movimientos de capital al interior de la Comunidad Andina.
2. Adoptar un sistema
de cooperación entre las Bolsas de Valores de los Países Miembros.
IV.
Libre circulación de personas
A. Libre
circulación
1. Reconocer la
utilización del Documento Nacional de Identidad como único requisito para el libre
tránsito intracomunitario de personas, iniciando con los turistas andinos.
2. Establecer un
sistema integrado de identificación a nivel subregional con miras a homologar los
documentos nacionales de identificación.
3. Establecer
mecanismos que faciliten la residencia y permitan responder a las ofertas de trabajo.
4. Aprobar normas
comunes en materia laboral, previsional, salud y seguridad en el trabajo.
5. Aprobar el derecho
de residencia.
V.
Armonización de políticas macroeconómicas
1. Definir y aplicar
los criterios de convergencia macroeconómica.
2. Estudiar un
mecanismo de estabilización en situaciones de crisis económica.
VI.
Integración y desarrollo fronterizo
1. Crear un Fondo
Multilateral para Proyectos de Integración Fronteriza.
2. Promover programas
de desarrollo de las zonas de integración fronteriza creadas en la Comunidad Andina.
3. Desarrollar y
perfeccionar el Banco de Proyectos de la Comunidad Andina y promover mecanismos para la
ejecución de los proyectos que aprueben las autoridades competentes.
VII.
Otras acciones complementarias al proceso de integración
A. Ambito Civil
1. Agilizar y
simplificar el sistema de notificación o traslado transfronterizo de documentos
judiciales y extrajudiciales.
2. Adoptar medidas
para reforzar la cooperación en la obtención de pruebas.
3. Facilitar el
reconocimiento y la ejecución de resoluciones en asuntos civiles y mercantiles.
4. Fomentar la
compatibilidad de las normas aplicables en los Estados miembros sobre conflictos de leyes
y de jurisdicción.
B. Ambito Penal
1. Facilitar la
creación de una Red Judicial Andina, conformada por puntos de contacto judicial entre los
Países Miembros.
2. Adoptar un Acuerdo
Marco Andino sobre Traslado de Sentenciados entre los Países Miembros.
C. Ambito
Mercantil
1. Armonizar la
legislación de naturaleza mercantil, en especial lo referido a Sociedades Mercantiles.
D. Ambito
Policial
1. Aprobar medidas
para la cooperación e iniciativas conjuntas en ámbitos como la formación y el
intercambio de funcionarios, uso de equipos e investigación científica policial.
2. Fomentar acuerdos
de enlace entre las autoridades competentes.
3. Crear una red
integrada subregional de investigación, documentación y estadística sobre delincuencia
organizada.
ANEXO 2
Programa de
acción 2000-2001 para el establecimiento del Mercado Común
I.
Perfeccionamiento del comercio de bienes
A. Eliminación
de Restricciones
1. Adoptar una norma
para el reconocimiento mutuo de certificaciones de calidad con base en la idoneidad de los
sistemas de evaluación de la conformidad.
2. Desarrollar
acciones para la Simplificación de Procedimientos Aduaneros.
3. Armonizar las
Legislaciones Sanitarias.
4. Desarrollar un
Programa Comunitario para la mejora de la Competitividad productiva mediante el
aprovechamiento de las complementariedades de las economías de los Países Miembros.
B. Política
Andina de Competencia
1. Modificar la
normativa sobre Dumping y Subvenciones en importaciones provenientes de países no
miembros de la Comunidad Andina.
2. Aprobar la
modificación de las normas para prevenir o corregir las distorsiones en la competencia
generadas por prácticas restrictivas de la libre competencia.
C. Adoptar un
régimen comunitario para las Compras del Sector Público.
D. Actualizar el
Régimen Comunitario de Propiedad Industrial.
E. Política
Agropecuaria Común Andina
1. Adoptar la
Política Agropecuaria Común.
F. Arancel
Externo Común
1. Culminar estudios
para la adopción de un AEC. Dicho estudio involucrará al Sistema Andino de Franjas de
Precios, Regímenes Aduaneros Especiales y derechos antidumping y compensatorios. Deberá
tener presente los compromisos asumidos por los Países Miembros a nivel multilateral y
las negociaciones que se vienen llevando a cabo con terceros.
G. Salvaguardias
1. Realizar estudios
para evaluar el impacto económico de las salvaguardias andinas para su perfeccionamiento
y elaborar una propuesta para la adopción de un mecanismo de salvaguardia agrícola
comunitaria con aplicación a terceros.
II.
Perfeccionamiento del comercio de servicios
A.
Liberalización de Servicios
1. Conclusión del
inventario de restricciones a los servicios y adopción de la normativa regulatoria
correspondiente.
B. Transporte
1. Culminar el
inventario de las medidas que afectan al sector con vistas a liberalizar el transporte
marítimo de tráfico internacional intracomunitario.
2. Establecer
los principios y criterios que faciliten el desarrollo de los vuelos transfronterizos de
las empresas de la subregión con base en tales criterios las autoridades aeronáuticas
designarán los puntos de operación en forma bilateral.
3. Garantizar la libre
circulación de los vehículos habilitados para el transporte internacional por carretera
en la Comunidad Andina, eliminando las restricciones al libre tránsito.
4. Elaborar Reglamento
Técnico sobre el Transporte Carretero de Cargas Peligrosas.
5. Iniciar estudios
para el desarrollo de una Política Comunitaria de Transporte en todas sus modalidades.
6. Actualizar las
Normas para la utilización del Sistema Andino de Carreteras.
C.
Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información
1. Aprobación de
Normativa Comunitaria sobre Comercio Electrónico.
2. Armonización de
los requisitos y procedimientos para el otorgamiento de Títulos Habilitantes y
definiciones comunes de los Servicios de Telecomunicaciones.
3. Establecimiento de
normas comunes para la interconexión entre los Países Miembros.
4. Armonización del
uso del Espectro Radioeléctrico, Numeración y Portabilidad Numérica.
5. Creación de
Centros de Excelencia en la Comunidad Andina.
6. Adjudicación de
los Planes de los Servicios de Radiodifusión por Satélite y del Servicio Fijo por
Satélite.
7. Aprobación de un
Programa para promover la Sociedad Global de la Información.
D. Servicios
Financieros
1. Elaborar y adoptar
la Decisión de Armonización y Liberación de Servicios Financieros.
E. Servicios
Profesionales
1. Adoptar el
cronograma para el reconocimiento de títulos profesionales.
III.
Libre circulación de los movimientos de capital
1. Culminar los
estudios para establecer un Sistema de Cooperación entre las Bolsas de Valores y Bolsas
de Productos de los Países Miembros.
IV.
Libre circulación de personas
1. Reconocer los
documentos nacionales de identificación de cada país a nivel comunitario.
2. Elaborar un
inventario sobre obstáculos y restricciones a la libre circulación y residencia de
personas entre los Países Miembros.
3. Armonizar los
requisitos migratorios para estudiantes, hombres de negocios, inversionistas y artistas.
4. Desarrollar un
estudio comparativo de las legislaciones sociolaborales de los Países Miembros.
V.
Armonización de políticas macroeconómicas
1. Identificar
condiciones que permitan diseñar un proceso de convergencia de metas macroeconómicas de
los Países Miembros.
2. Desarrollar un
Régimen Común de Promoción y Protección de Inversiones.
3. Elaborar la
propuesta para la actualización de la Decisión de doble tributación.
VI.
Integración y desarrollo fronterizo
1. Aprobación de una
Norma Comunitaria sobre Zonas de Integración Fronteriza.
2. Establecer Centros
Binacionales de Atención en Frontera.
VII.
Otras acciones complementarias al proceso de integración
1. Aprobar acuerdos
marco en materia civil y cartas rogatorias o exhortos.
2. Adoptar un Acuerdo
Marco Andino sobre asistencia judicial en materia penal.
3. Aprobar un Acuerdo
Marco Andino relativo a la extradición entre los Países Miembros.
4. Crear una Red
Andina Policial para fortalecer la cooperación en la lucha contra las drogas, tráfico de
niños y de personas, lucha contra el crimen organizado y erradicación del tráfico de
vehículos.
5. Procurar la
compatibilidad normativa, en particular, para la lucha contra la delincuencia organizada.
6. Adoptar mecanismos
para la cooperación operativa de la policía y otros servicios especializados con
funciones coercitivas para la prevención, localización e investigación de delitos.
7. Reforzar la
cooperación policial vinculada con el procesamiento e intercambio de información
pertinente.
ANEXO 3
Programa Mínimo
de Trabajo Complementario 2000-2001 para la Integración
I.
Preservación ambiental
Convocar a una
reunión de alto nivel de las autoridades nacionales en materia ambiental con el objeto de
culminar los trabajos que conduzcan a la adopción de una estrategia de preservación
ambiental y desarrollo sostenible.
II.
Asuntos varios de importancia para el proceso de integración
Perfeccionar la
estrategia comunitaria de negociación frente al ALCA.
Elaborar de un
Programa de acciones concretas a cargo de los órganos e instituciones del Sistema Andino
de Integración, para el reforzamiento de la integración y del Mercado Común.
Diseñar y ejecutar un
programa para promover la competitividad y complementariedad de los sectores productivos
andinos, así como para promover el desarrollo de nuevos negocios en el sector de
servicios.
Fomentar alianzas
sectoriales estratégicas con el objeto de definir un Programa de Promoción Empresarial,
que se proyecte hacia aquellos países y regiones que mantienen acuerdos comerciales y de
cooperación con la Comunidad Andina.
Profundizar el
Programa de Acción Comunitaria en Ciencia y Tecnología, permitiendo la generación de
ciencia endógena, la promoción de la innovación tecnológica y el apoyo a la eficiencia
de las instituciones públicas y privadas, estableciendo para ello acuerdos y convenios de
cooperación internacional.
Difundir los logros y
retos de la integración en los pueblos andinos con el objeto de crear una cultura de la
integración, haciendo uso de los medios de comunicación disponibles.