El impacto del euro en América Latina
Edición Nº 54.
Julio-Septiembre 1998.
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Decisión
400 del Consejo Latinoamericano del SELA |
Texto completo del
pronunciamiento sobre la acción futura del SELA hecho por el Consejo Latinoamericano, en
su VII Reunión Extraordinaria, celebrada en Caracas el 31 de mayo.
Vistos:
Los artículos 15, inciso
10, 17 y 31 del Convenio de Panamá;
El documento informativo
«Cronología de las actividades recientes del SELA. Febrero-Mayo 1998» (SP/CL/VII.E/Di
Nº 1), que da cuenta del siniestro acaecido los días 5 y 6 de febrero pasado, que
destruyó totalmente las instalaciones de la sede de la Secretaría Permanente; y
Los documentos «Lineamientos
para la acción futura del SELA. Reflexiones de la Secretaría Permanente»
(SP/CL/VII.E/DT Nº 1) y «Situación financiera de la Secretaría Permanente"
(SP/CL/VII.E/DT Nº 2), presentados por la Secretaría Permanente.
Considerando:
La necesidad de contar con
un organismo regional, ágil y flexible, que permita desarrollar respuestas adecuadas y
oportunas frente al nuevo escenario económico internacional;
La conveniencia de adecuar al
SELA a las nuevas circunstancias, como foro natural para el análisis y el intercambio de
experiencias de los países de la región en materias vinculadas con la agenda económica
externa, así como para el desarrollo de la cooperación regional, en coordinación con
otros organismos de la región; y
Los esfuerzos que está
realizando la Secretaría Permanente, con vistas a modernizar su esquema organizativo,
Decide:
Artículo 1º. Reafirmar la
plena vigencia del SELA como organismo propio de los países de América Latina y el
Caribe, así como de las funciones previstas en el Convenio de Panamá, debidamente
actualizadas en función de los nuevos desafíos y condiciones del cambiante contexto
económico internacional y de las necesidades de los Estados Miembros.
Artículo 2º.
Constituir un Grupo de Trabajo Ad-Hoc, de composición abierta, integrado por
representantes de los Estados Miembros, para que, con el apoyo de la Secretaría
Permanente, prepare un proyecto comprensivo de reestructuración del SELA que: (1) adecúe
los objetivos y funciones del Organismo a la realidad actual e identifique las nuevas
prioridades, teniendo en cuenta la necesidad de evitar la duplicación de esfuerzos con
otros organismos regionales; (2) establezca los lineamientos para el programa de trabajo
del Organismo; (3) recomiende pautas para la adecuación y modernización de la
Secretaría Permanente; y (4) defina los criterios con que se elaborará el presupuesto,
acorde con el programa de trabajo. El Grupo de Trabajo Ad-Hoc será convocado inicialmente
por la Secretaría Permanente, comenzará sus labores en la sede de la misma a la brevedad
posible y presentará los resultados de sus trabajos a la consideración de la XXIV
Reunión Ordinaria del Consejo Latinoamericano.
Artículo 3º. Instar a
los Estados Miembros al pago del total de las cuotas correspondientes al Presupuesto del
año 1998, a la mayor brevedad posible, así como encomendar al Grupo de Trabajo Ad-Hoc
que proponga modalidades que faciliten y estimulen el pago de las cuotas adeudadas por los
Estados Miembros correspondientes a ejercicios presupuestarios anteriores.
Artículo 4º. Agradecer los valiosos esfuerzos
realizados por el Gobierno de Venezuela para dotar de una sede provisional al organismo y
felicitar a la Secretaría Permanente por su empeño para mantener su funcionamiento y
continuar normalmente sus actividades.
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