América Latina y el Caribe en los
tiempos de la globalización
Edición No. 47
Julio-Septiembre 1996 |
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Chile-MERCOSUR: la ruta de la convergencia regional
Secretaría Permanente del SELA
I.
Asociación pero no adhesión
¿Por qué una
asociación y no una adhesión al MERCOSUR?: El Acuerdono implica el ingreso de Chile al
esquema de integración subregional del MERCOSUR porque es un ACUERDO DE COMPLEMENTACION
ECONOMICA (ACE) según los términos previstos en el Tratado de Montevideo de la ALADI de
1980, y por consiguiente, tiene las siguientes características:
tiene por
objeto la conformación de una zona de libre comercio entre los países del MERCOSUR y
Chile. En cambio, los 4 países del MERCOSUR están avanzando en el establecimiento de una
unión aduanera;
el ACE
pretende lograr en un plazo definido la libre circulación,exenta de aranceles, de sus
productos entre los países miembros. En el MERCOSUR, además de lo anterior, los países
han unificado sus aranceles nacionales en un Arancel Externo Común frente a terceros
países;
la
liberación comercial entre Chile y el MERCOSUR se llevará a cabo a través de un
programa de desgravación arancelaria progresivo y automático para el 90% de los
productos en el período que va del 1.10.1996 al 1.1.2004. El resto de los productos,
básicamente agrícolas, serán desgravados en fechas comprendidas entre el año 2006 y el
2016;
Chile
mantiene su Arancel Externo nacional (cuya tasa única es del 11%) y los países del
MERCOSUR el Arancel Externo Común (que varía entre 0 y 20%, con un promedio de 13%);
Chile y
MERCOSUR negocian en su Acuerdo principalmente la liberación del comercio de bienes, e
incluyen materias conexas, pero sin el nivel de compromisos contraidos entre los 4 socios
del MERCOSUR;
acorde con lo
anterior, la estructura institucional del ACE es más sencilla que la del MERCOSUR: La
administración del ACE estará a cargo de una Comisión Administradora integrada por el
Grupo Mercado Común del MERCOSUR y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
Valor del intercambio
Chile/MERCOSUR
Exportaciones
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1993
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1994
|
1995
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Intra-MERCOSUR
|
|
|
|
- miles de mill. US$
|
10.0
|
12.0
|
14.3
|
- % del total ALADI
|
42.3
|
42.2
|
41.3
|
MERCOSUR-Chile
|
|
|
|
- miles de mill. US$
|
2.9
|
3.4
|
4.5
|
- % del total ALADI
|
12.2
|
12.0
|
13.0
|
Fuente: Secretaría General de ALADI, 1996.
En 1995, la
sumatoria de las exportaciones intra-MERCOSUR y Chile-MERCOSUR representó el 54.2% del
comercio intra-ALADI. Ese mismo año, 38% de las exportaciones chilenas a ALADI fue
dirigido al Brasil, y 20% a Argentina. El MERCOSUR se ha convertido en el cuarto socio
comercial más importante para Chile, después de la Unión Europea, Japón y los EE.UU.
El saldo de la
balanza comercial Chile-MERCOSUR, a septiembre del 95, fue desfavorable a Chile en US$584
millones. (Secretaría General de ALADI, 1996).
En cuanto a la
inversión chilena en Mercosur, en los últimos 5 años, del total de casi US$9.000
millones invertidos por 197 empresas chilenas en el exterior, 62.2% correspondieron a
proyectos en Argentina (más de US$5.000 mill.). En 1995, las inversiones chilenas en
Brasil representaron US$ 415 millones. (Gazeta Mercantil, Sao Paulo, 24-30/6/96).
II.
Otras características del Acuerdo
Se menciona
la vigencia de las instituciones democráticas como elemento esencial para el desarrollo
del proceso de integración regional;
Manifiesta
que se ajustará a las normas de la OMC, incluyendo materias como los tributos internos,
las prácticas desleales del comercio, valoración aduanera, medidas sanitarias y
fitosanitarias, incentivos a las exportaciones, propiedad intelectual;
Las Partes
señalan el interés compartido en el desarrollo de relaciones comerciales y de
cooperación económica con los países del área del Pacífico;
Se promoverá
el desarrollo de la infraestructura física, con especial énfasis en el establecimiento
de interconexiones biocéanicas;
Se acordará
un esquema normativo en materia de competencia y de protección del consumidor;
Se adoptará
un Régimen de Medidas de Salvaguardia que entrará en vigor el 1.1.97;
Contempla un
mecanismo de solución de controversias;
El comercio
de servicios será ampliado y liberado de conformidad con los compromisos asumidos en el
Acuerdo General sobre Comercio de Servicios (GATS) de la Ronda Uruguay;
se mantiene
en vigencia los acuerdos bilaterales sobre promoción y protección recíproca de las
inversiones suscritos entre las Partes, y se celebrarán acuerdos para evitar la doble
tributación;
Prevé
acciones conjuntas en materia de ciencia y tecnología;
Está abierto
a la adhesión, mediante negociación previa, de los demás miembros de ALADI.
III. La
importancia de la integración física
El Título XII
del ACE se refiere a la integración física como "instrumento imprescindible para la
creación de un espacio económico ampliado." Para ello, las Partes suscriben un
Protocolo de Integración Física, que prevé un programa coordinado de inversiones.
Asimismo, las Partes de comprometen a "perfeccionar su infraestructura nacional, a
fin de desarrollar interconexiones de tránsitos bioceánicos". Por ejemplo, el
Corredor Multimodal Biocéanico que empieza en Tietê-Paraná (Brasil), pasa por el Río
de la Plata (Argentina) y termina en el puerto de Talcahuano (Chile), pretende ser la
entrada del MERCOSUR al océano Pacífico. Sólo falta finalizar el trecho ferroviario
entre Zapala (Argentina) y Lonquimay (Chile), de 189 km., con un costo de US$250 millones.
IV. La
participación de Chile en los acuerdos de integración
Chile
participó activamente en la creación de ALALC en 1960, del Pacto Andino en 1969 (del que
se retiró en 1976), y de ALADI en 1980, en cuyo marco suscribió, en la década de los
noventa varios Acuerdos de Alcance Parcial para la liberación comercial con sus socios
regionales (México, Venezuela, Colombia, Ecuador y otros en negociación).
Ahora, con la
firma del Acuerdo MERCOSUR-Chile, la política comercial chilena ha añadido a sus
iniciativas de corte bilateral las negociaciones de carácter regional por cuanto se ha
concretado un importante acercamiento con un acuerdo subregional tan dinámico y poderoso
como el MERCOSUR desde el punto de vista económico y comercial, el cual, a su vez, se ve
notoriamente acrecentado de esa manera.
No en vano, en
las consideraciones introductorias de este Acuerdo se declara "...La necesidad de
fortalecer el proceso de integración de América Latina, a fin de alcanzar los objetivos
previstos en el Tratado de Montevideo 1980 -el mercado común latinoamericano- mediante la
concertación de acuerdos abiertos a la participación de los demás países miembros de
ALADI".
V.
Aceleración del proceso de convergencia regional
Una segunda
consecuencia de esta asociación es que provocará una aceleración de los esfuerzos que
se han venido realizando, particularmente mediante la acción de organismos como el SELA,
ALADI y CEPAL, hacia la convergencia de los distintos acuerdos de integración
subregionales, pluri y bilaterales existentes en la región.
En efecto este
Acuerdo ya está estimulando nuevos acercamientos; es probable que en el corto plazo se
puedan concretar acuerdos similares con Bolivia (cuya negociación está prevista concluir
en septiembre próximo), y otros países de la Comunidad Andina.
El conjunto de
estos Acuerdos liberará la mayor parte del intercambio de bienes entre esos países,
favoreciendo de manera concreta la convergencia regional hacia la meta de un Mercado
Común Latinoamericano, tal como lo establece el Tratado de Montevideo de 1980 de la
ALADI. Desde el punto de vista de la convergencia regional, es significativo recordar que
el ACE Chile/MERCOSUR, de conformidad con los compromisos asumidos en el Tratado de
Montevideo, contiene una cláusula sobre convergencia (artículo 53: "(....) las
Partes Contratantes examinarán la posibilidad de proceder a la multilateralización
progresiva de los tratamientos previstos en el presente Acuerdo"), así como la
posibilidad de que otros miembros de la ALADI adhieran, previa negociación (art. 54).
No debe
olvidarse que es en el marco natural de la ALADI donde se están homologando las
preferencias comerciales del llamado "patrimonio histórico" entre los países
andinos y el MERCOSUR.
VI. El
"Patrimonio Histórico de la ALADI"
Con este
término se indica el conjunto de preferencias comerciales bilaterales por productos
negociados tanto en la ALALC (Asociación Latinoamericana de Libre Comercio), desde 1960,
como en su sucesora la ALADI, desde 1980. Dichas preferencias, incluidas en los Acuerdos
de Alcance Parcial y en los Acuerdos de Complementación Económica entre los miembros de
ALADI constituyen el fundamento jurídico que rige actualmente el comercio entre esos
países. Es sobre la base del patrimonio histórico constituido por estos cuerdos que se
avanza hacia la formación de un tramado de compromisos multilaterales intra-ALADI.
Por ejemplo, en
la negociación actualmente en curso entre Venezuela y el MERCOSUR, se está preparando la
"multilateralización" del patrimonio histórico existente entre esos países,
es decir el nivelamiento de todas las preferencias bilaterales que contemplan los 4
Acuerdos de Alcance Parcial vigentes entre Venezuela y cada uno de los 4 países miembros
del MERCOSUR.
De la misma
manera, el Acuerdo de Complementación Económica (ACE) Chile/MERCOSUR constituye una
ampliación de la sumatoria de preferencias bilaterales que existían entre Chile y cada
uno de los países del MERCOSUR.
En el mismo
sentido, MERCOSUR y Perú, y MERCOSUR y Colombia iniciaron su ronda de negociaciones
orientadas a la multilaterización del llamado "patrimonio histórico".
Esta
multilateralización debe efectuarse, de acuerdo con lo manifestado por los países, sobre
la base del mantenimiento del nivel más alto de liberalización alcanzado en los acuerdos
bilaterales para cada uno de los productos negociados.
VII. Lo
que firmó Bolivia con el MERCOSUR
El 25 de julio
pasado los Presidentes de los cinco países suscribieron un pre-acuerdo a través del cual
definieron los términos del Acuerdo de Complementación Económica MERCOSUR-Bolivia para
la conformación de una zona de libre comercio. El mismo establece que dicha Zona de Libre
Comercio deberá estar conformada en un plazo de 10 años, para la mayor parte de los
productos, y en 18 para los restantes; se definen los criterios para la negociación del
programa de liberación comercial y se establece un cronograma de reuniones durante el
presente año que permita concluir la negociación de todos los temas del Acuerdo a más
tardar el 30 de setiembre de 1996, para la entrada en vigencia del mismo a partir del 1 de
enero de 1997.
VIII.
Las repercusiones hemisféricas
Además de
marcar un hito en el proceso de convergencia y consolidación de la integración entre los
países de América Latina y el Caribe, el Acuerdo Chile/MERCOSUR tiene un gran relieve
vis-à-vis el proceso de formación del Acuerdo de Libre Comercio de las Américas (ALCA).
Con el ACE se
conformará, en los próximos 10 años, una zona de libre comercio entre cinco economías
que representan uno de los polos más dinámicos de la región, al cual se añadirán
otros países que ya han iniciado negociaciones similares.
Por
consiguiente, esta aceleración de la integración regional lanza señales muy claras a
efectos del proceso hemisférico:
demuestra la
vitalidad, el impulso político y las potencialidades de los instrumentos integracionistas
entre países de América Latina y el Caribe; y
demuestra que
la integración regional está siendo un paso previo que facilitará la conformación del
ALCA afianzando sus compromisos sobre bases subregionales sólidas.
En efecto, en
el texto del Acuerdo Chile/MERCOSUR, las Partes señalan "que la conformación de
áreas de libre comercio en América Latina constituye un elemento relevante para
aproximar los esquemas de integración existentes, además de ser una etapa fundamental
para el proceso de integración y el establecimiento de un área de libre comercio
hemisférica".
Por último,
desde el punto de vista de la articulación entre los compromisos contraídos en el ACE,
los potenciales compromisos hemisféricos, y los compromisos multilaterales derivados de
la Ronda Uruguay y de la OMC, cabe destacar que este Acuerdo establece que las normas
multilaterales en los temas "para-comerciales" (propiedad intelectual,
servicios, tributos internos, prácticas desleales del comercio, valoración aduanera,
medidas sanitarias y fitosanitarias, incentivos a las exportaciones) constituyen un
"techo", es decir que el ACE no profundiza lo acordado a nivel multilateral en
esos temas.
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