|
Instrumentación del Acuerdo Agrícola de la
Ronda Uruguay: Aspectos prioritarios para América Latina
y el Caribe.
(SP/DRE/Di No 22-98). Abril 1998.
|
Estudio
de caso: El Mercado Europeo del Banano y la OMC
El banano ha sido uno de
los productos agrícolas más sensibles desde que se fundó la Comunidad Europea. En 1957,
el entonces canciller alemán, Konrad Adenauer, logró que el Tratado de Roma se firmara
tres días después de lo previsto mientras negociaba la exención para Alemania del pago
de aranceles a la importación de banano, junto con el principio de preferencias
comunitarias. En 1962, el Presidente de Gaulle participó personalmente en las discusiones
de la Comunidad para exigir un suministro de banano para su país que privilegiara la
producción francesa. La intensidad de estas discusiones en el seno de la propia
Comunidad, así como entre la Comunidad y terceros países, ha adquirido un tono cada vez
más caldeado a causa de la "organización del Mercado Común del Banano". Poco
antes de la firma del Acta Final de la Ronda Uruguay en Marrakesh, Francia y Alemania se
habían enfrentado en una fuerte discusión sobre el mercado europeo del banano.
Para el momento en que se
abrió la discusión acerca del tema del banano en la OMC, en Europa funcionaban tres
regímenes de importación diferentes. El que aplicaba Alemania le permitía la
importación de grandes cantidades de banano sin pagar derechos aduanales. El esquema del
mercado protegido era el utilizado por países como Francia (con el fin de favorecer las
importaciones de sus Departamentos y Territorios de Ultramar, así como de Camerún y la
Costa de Marfil), Portugal (que importaba de Madeira y de sus ex colonias africanas), Gran
Bretaña (que otorgaba preferencias a las importaciones de Jamaica, Surinam y Belice),
España (Islas Canarias) e Italia (Somalia). Los países de Europa del Norte (Países
Bajos, Irlanda, Dinamarca, Bélgica y Luxemburgo) importaban banano de los países del
"banano dólar" (América Latina) sin restricciones cuantitativas, previo el
pago de un arancel de 20%.
Para 1990 el banano era la
única excepción de la Comunidad Europea en lo referente a la norma aplicada para la
libre circulación de bienes entre los países miembros. El debate sobre la fundación de
la Organización del Mercado Común del banano, que duró cinco años, se centró en
varios requisitos contradictorios: garantizar el principio de preferencia comunitaria,
mantener los ingresos de los agricultores de la Comunidad, asegurar las relaciones
preferenciales con los países ACP conforme a lo convenido en los Acuerdos de Lomé,
mantener las cuotas para las importaciones de diferentes orígenes, y evitar las
diferencias significativas de los costos de producción que pudieran duplicarse
dependiendo del origen del producto.
Otro de los objetivos de la
organización del Mercado Común en lo que respecta al banano era compartir el peso de la
protección entre todos los consumidores de la Comunidad (hasta entonces únicamente los
consumidores de ciertos países compartían este peso, lo que iba particularmente en
detrimento de Alemania, cuyo consumo de banano per cápita es uno de los más altos). La
mayoría de las operaciones de las grandes empresas transnacionales, como Chiquita, Dole y
Del Monte, se realizaba precisamente en Alemania (el mercado alemán, a diferencia de
otros, era casi exclusivamente un mercado del "banano dólar").
El primero de julio de 1993 la
organización del Mercado Común del Banano autorizó la libre circulación de productos
de cualquier origen en el mercado europeo. La regulación de la Comunidad Económica
Europea 400/93 puso fin a treinta años de barreras internas que habían hecho del mercado
europeo un intrincado laberinto de doce mercados diferentes. La constitución de un
mercado único en 1992, mediante el cual se eliminaron todas las barreras internas al
comercio intracomunitario, eliminaba el concepto de mercados nacionales.
La organización del Mercado
Común del Banano estipuló en 1993 que se estableciera una cuota de 2,5 millones de
toneladas para las importaciones de terceros países y de países que no fueran los ACP
tradicionales. Las importaciones que excedieran esta cuota quedaban sujetas al pago de un
alto arancel. Se consideró ofrecer asistencia compensatoria a los productores de la
Comunidad basada en reducciones del precio de mercado, así como la asistencia estructural
para mejorar los niveles de competitividad de la producción.
El aspecto más polémico de la
Organización del Mercado Común del Banano, cuyos efectos negativos impactan
particularmente a transnacionales como Dole, Chiquita y Del Monte, es el establecimiento
de un sistema de distribución de cuotas de importación orientado a crear
"asociaciones" entre los productores de la Comunidad y los importadores de la
zona del dólar. Este mecanismo pretende garantizar un mercado para 30 por ciento de la
producción de la Comunidad, que es la parte atribuida a los operadores que trabajan con
banano de los países ACP tradicionales, mientras que sólo 66,5 por ciento es destinado a
las importaciones de terceros países y de países que no sean los ACP tradicionales; es
decir, la parte atribuida a los importadores que operan en Alemania y los países de
Europa del Norte. El 3,5 por ciento restante se reserva para nuevos operadores. A su vez,
las licencias de importación se dividen entre los diversos eslabones de la cadena: en el
caso del banano de la Comunidad, se asigna 57 por ciento al sector productor-exportador,
15 por ciento a los importadores y 28 por ciento a quienes maduran el producto.
CUOTAS DE ORGANIZACIÓN DEL
MERCADO
COMÚN DEL BANANO DE LA UNIÓN EUROPEA
Origen |
Límite |
Arancel
|
Banano
de la Comunidad |
854.000
tons. |
ninguno
|
Banano
de ACP trad. |
857.000
tons. |
ninguno
|
Terceros
países y ACP no tradicionales
|
2.553.000
tons.
Con cuota arancelaria (CA)
Costa Rica: 23.4% CA
Colombia: 21,0% CA
Nicaragua: 3,0% CA
Venezuela: 2,0%
Otros países del "banano
dólar": 46,5% CA
ACP no trad.: 90.000 tons.
Con cuota arancelaria (CA)
Costa Rica: 23.4% CA
Colombia: 21,0% CA
Nicaragua: 3,0% CA
Venezuela: 2,0%
Otros países del "banano dólar": 46,5% CA
ACP no trad.: 90.000 tons. |
1) incluidos en la cuota
arancelaria (CA) 75 ECUS por t. para la zona del "banano dólar" y 0 ECUS para
el "banano ACP" 2) fuera de la CA: 850 ó
750 ECU/ton. |
Fuente: Regulaciones
de la CEE 404/93, 3224/94 y 3290/94
La organización del Mercado Común del Banano hizo que
el mercado europeo experimentara una transformación que tuvo un fuerte impacto en el
mercado internacional. Se forjaron nuevas alianzas y se observó un crecimiento externo en
muchas transnacionales europeas y estadounidenses. Empresas que habían operado
tradicionalmente en la zona del "banano dólar" comenzaron a hacer inversiones
en Africa, estableciendo nexos con operadores de la zona de producción europea. Aún
siguen observándose cambios, y las mayores batallas se están librando entre las grandes
empresas y el importante papel que desempeñan las autoridades comunitarias. La
organización del Mercado Común del banano ha sido impugnada fuertemente por los países
latinoamericanos. En 1992 Costa Rica, Colombia, Guatemala, Nicaragua y Venezuela
solicitaron que el GATT designara un primer grupo de expertos. Estos países se oponían a
la protección de mercados ejercida por Francia, Grecia, Inglaterra, Italia, España y
Portugal. En mayo de 1993, con base en los artículos XI y I del GATT, el grupo de
expertos dictaminó que las cuotas y otros aranceles preferenciales aplicados por varios
países europeos eran ilegales. La Unión Europea bloqueó la aprobación de esta
resolución durante un año en el Consejo de Representantes del GATT. En 1993, cuando la
Unión Europea lanzó su organización del Mercado Común del Banano, se ignoró
completamente el dictamen del grupo de expertos del GATT.
La creación de esa organización provocó que se
solicitara la designación de un segundo grupo de expertos, petición formulada en esta
ocasión por Estados Unidos, Ecuador, Guatemala, Honduras y México. Dicho grupo de
expertos dictaminó que la regulación europea violaba diferentes artículos del acuerdo
del GATT y recomendó que la UE modificara derechos específicos, en particular los
derechos preferenciales concedidos a los países ACP, así como las licencias de
importación. Los representantes de la UE en Ginebra bloquearon una vez más esta
resolución. La Unión presentó también una apelación del dictamen del grupo de
expertos, argumentando que Estados Unidos no era un país productor y, por lo tanto, no
podía constituirse en parte de los procedimientos de arbitraje. En septiembre de 1997, la
OMC rechazó la apelación europea y confirmó la decisión del grupo de expertos. Esta
decisión cuestiona seriamente el sistema mediante el cual Europa organizó el mercado del
banano. La capacidad de respuesta europea, que contemplaba el pago de una indemnización a
los países productores por los daños ocasionados o el cambio del sistema, se vio
cercenada significativamente porque Estados Unidos no estaba dispuesto a aceptar una
compensación y exigía un cambio en el funcionamiento del mercado europeo.
El dictamen sobre la organización del Mercado Común del
Banano no rechazaba del todo el sistema europeo con relación al mercado del banano. Más
aún, consideraba legítimas las limitaciones de acceso al mercado de la UE, determinadas
con base en el número de toneladas. En consecuencia, se aceptó la cuota de más de dos
millones de dólares concedida al "banano dólar". Del mismo modo, la OMC
aceptó el acceso privilegiado de los países ACP. Pero, por otra parte, la OMC lanzó un
ataque contra el centro mismo del sistema de mercado europeo: el manejo de las licencias
de importación, así como el recurso de conceder licencias de importación para el
"banano dólar" como medida para compensar las pérdidas en caso de desastres
climáticos.
El acuerdo que firmaron en 1994 Costa Rica, Nicaragua y
Venezuela con la Unión Europea no incluyó a Ecuador, el principal productor mundial de
banano, porque para la época este país no era miembro del GATT. El acuerdo contemplaba
un aumento de 200.000 toneladas en la cuota y una reducción del arancel de importación
por tonelada de 100 ECUs a 75 ECUs, así como un tratamiento más favorable en el
otorgamiento de licencias de importación. En contrapartida, estos países desistieron de
la demanda incoada contra la Unión Europea.
Es posible que la organización del Mercado Común del
Banano se convierta en un punto de fricción en cuando se inicie la próxima ronda de
negociaciones agrícolas en la OMC. Uno de los temas cruciales que serán discutidos es la
compatibilidad que existe entre la Convención de Lomé y las reglas de la OMC. Los
certificados de exportación, la reducción de los aranceles aduaneros y las cuotas de
importación impuestas por Europa son otras áreas que merecen ser analizadas en la
próxima ronda de negociaciones. El aspecto más significativo que revela este caso es el
hecho de que algunos productos aún se negocian fuera del marco de las negociaciones sobre
el comercio mundial.
El Mercado Internacional del Banano
Del total de 45 millones de toneladas de banano
producidas en todo el mundo, se exportan cerca de 10 millones de toneladas a la Unión
Europea. Por las ventas al detal en la UE se facturan aproximadamente US$6 mil millones.
En América Central (particularmente en Costa Rica, Honduras y Guatemala), así como en
Ecuador y Colombia, el banano constituye una fuente importante de divisas.
Volumen de exportaciones de la UPEB (Unión de Países
Exportadores de Banano) y Ecuador (en millones de cajas de 18,14 kg)
| |
|
1989 |
1990 |
1991 |
1992 |
| TOTAL |
|
312,5 |
359,0 |
391,7 |
424,2 |
| UPEB |
|
221,6 |
238,4 |
245,5 |
276,8 |
| |
Colombia |
48,3 |
54,5 |
69,8 |
74,7 |
| |
Costa Rica |
67,5 |
74,1 |
80,9 |
91,4 |
| |
Guatemala |
19,3 |
21,5 |
18,3 |
24,1 |
| |
Honduras |
45,0 |
42,3 |
31,4 |
43,2 |
| |
Nicaragua |
4,0 |
5,2 |
6,1 |
3,3 |
| |
Panamá |
37,5 |
40,7 |
38,9 |
40,1 |
| |
Ecuador |
90,9 |
120,6 |
146,2 |
147,5 |
Origen del banano consumido en la CEE en 1990
(en porcentajes)
| América Latina |
61% |
| Países ACP |
18% |
| Producción interna de la CEE |
21% |
Oferta y demanda de banano de los principales
países
(En miles de toneladas métricas)
| Región |
1989 |
1990 |
1991 |
1992 |
|
| UPEB |
4.023 |
4.337 |
4.477 |
5.123 |
| Ecuador |
1.649 |
2.160 |
2.650 |
2.675 |
| Resto de los exportadores |
1.393 |
1.471 |
1.603 |
1.775 |
| TOTAL |
7.065 |
7.968 |
8.730 |
9.573 |
|
| Estados Unidos |
3.088 |
3.098 |
3.221 |
3.547 |
| CEE |
3.011 |
3.298 |
3.485 |
3.893 |
| Resto de los importadores |
1.163 |
1.362 |
1.629 |
1.460 |
TOTAL |
7.262 |
7.758 |
8.335 |
8.800 |
Fuente
UPEB: La actividad bananera en 1992.
Las Empresas Transnacionales y el Comercio Mundial del Banano
A principios del siglo XX la empresa United Fruit Company (UFC)
comenzó a cultivar banano a gran escala en América Latina. El desarrollo de la
producción del banano estuvo estrechamente ligado a las inversiones hechas en el
transporte ferroviario. La UFC, fundada en 1899, recibió importantes concesiones
ferroviarias y amplios márgenes de tierras adyacentes a las vías férreas. En 1932, la
UFC controlaba aproximadamente 2.500 km de vías férreas en América Central y Colombia y
poseía una flota de más de cien buques.
Hacia 1926 hizo su aparición en América Latina la Standard Fruit
Company y, para 1967, se había consolidado en la región la compañía Del Monte (que
había adquirido una parte de la UFC, la cual tuvo que vender más tarde a causa de las
leyes antimonopolio de Estados Unidos). Algunos años más tarde, la UFC pasó a llamarse
United Brands y hoy opera bajo el nombre y marca registrada Chiquita.
Hoy las transnacionales no participan directamente en la
producción. El sistema aplicado actualmente se basa en plantaciones de entre 300 y 1.000
hectáreas, propiedad de cooperativas o corporaciones que funcionan por contrato. Estas
plantaciones poseen sus propias plantas de embalaje y venden la fruta a las
transnacionales, las cuales dedican sus esfuerzos a la exportación comercial del
producto. De este modo, esas empresas se liberan de los riesgos inherentes a la
producción y de las considerables inversiones por este concepto.
En años recientes se ha observado un aumento del número de
empresas que actúan en este sector en América Latina. Además de las tres grandes
transnacionales que operan bajo los nombres comerciales Chiquita, Dole (Standard Fruit
Company) y Del Monte, participan también el grupo Noboa en Ecuador (la marca Bonita), las
empresas colombianas Banacol, Uniban y Proban y las multinacionales Fyffes (Irlanda),
Geest (Gran Bretaña) y Jamaica Producers.
En 1994, las transnacionales tuvieron la participación siguiente en
el mercado europeo:
Chiquita (EE.UU.) 18,5%
Dole (EE.UU.) 15,0%
Del Monte (EE.UU.) 8,0%
Fyffes (Irlanda) + Geest (GB) 16,5%
Fuente: Arthur D. Little Report, 1994