comer_tit.jpg (5081 bytes)

      Instrumentación del Acuerdo Agrícola de la Ronda Uruguay: Aspectos prioritarios para América Latina
      y el Caribe.
      (SP/DRE/Di No 22-98). Abril 1998.

       

  • Estudio de caso: El Mercado Europeo del Banano y la OMC

  • El banano ha sido uno de los productos agrícolas más sensibles desde que se fundó la Comunidad Europea. En 1957, el entonces canciller alemán, Konrad Adenauer, logró que el Tratado de Roma se firmara tres días después de lo previsto mientras negociaba la exención para Alemania del pago de aranceles a la importación de banano, junto con el principio de preferencias comunitarias. En 1962, el Presidente de Gaulle participó personalmente en las discusiones de la Comunidad para exigir un suministro de banano para su país que privilegiara la producción francesa. La intensidad de estas discusiones en el seno de la propia Comunidad, así como entre la Comunidad y terceros países, ha adquirido un tono cada vez más caldeado a causa de la "organización del Mercado Común del Banano". Poco antes de la firma del Acta Final de la Ronda Uruguay en Marrakesh, Francia y Alemania se habían enfrentado en una fuerte discusión sobre el mercado europeo del banano.

    Para el momento en que se abrió la discusión acerca del tema del banano en la OMC, en Europa funcionaban tres regímenes de importación diferentes. El que aplicaba Alemania le permitía la importación de grandes cantidades de banano sin pagar derechos aduanales. El esquema del mercado protegido era el utilizado por países como Francia (con el fin de favorecer las importaciones de sus Departamentos y Territorios de Ultramar, así como de Camerún y la Costa de Marfil), Portugal (que importaba de Madeira y de sus ex colonias africanas), Gran Bretaña (que otorgaba preferencias a las importaciones de Jamaica, Surinam y Belice), España (Islas Canarias) e Italia (Somalia). Los países de Europa del Norte (Países Bajos, Irlanda, Dinamarca, Bélgica y Luxemburgo) importaban banano de los países del "banano dólar" (América Latina) sin restricciones cuantitativas, previo el pago de un arancel de 20%.

    Para 1990 el banano era la única excepción de la Comunidad Europea en lo referente a la norma aplicada para la libre circulación de bienes entre los países miembros. El debate sobre la fundación de la Organización del Mercado Común del banano, que duró cinco años, se centró en varios requisitos contradictorios: garantizar el principio de preferencia comunitaria, mantener los ingresos de los agricultores de la Comunidad, asegurar las relaciones preferenciales con los países ACP conforme a lo convenido en los Acuerdos de Lomé, mantener las cuotas para las importaciones de diferentes orígenes, y evitar las diferencias significativas de los costos de producción que pudieran duplicarse dependiendo del origen del producto.

    Otro de los objetivos de la organización del Mercado Común en lo que respecta al banano era compartir el peso de la protección entre todos los consumidores de la Comunidad (hasta entonces únicamente los consumidores de ciertos países compartían este peso, lo que iba particularmente en detrimento de Alemania, cuyo consumo de banano per cápita es uno de los más altos). La mayoría de las operaciones de las grandes empresas transnacionales, como Chiquita, Dole y Del Monte, se realizaba precisamente en Alemania (el mercado alemán, a diferencia de otros, era casi exclusivamente un mercado del "banano dólar").

    El primero de julio de 1993 la organización del Mercado Común del Banano autorizó la libre circulación de productos de cualquier origen en el mercado europeo. La regulación de la Comunidad Económica Europea 400/93 puso fin a treinta años de barreras internas que habían hecho del mercado europeo un intrincado laberinto de doce mercados diferentes. La constitución de un mercado único en 1992, mediante el cual se eliminaron todas las barreras internas al comercio intracomunitario, eliminaba el concepto de mercados nacionales.

    La organización del Mercado Común del Banano estipuló en 1993 que se estableciera una cuota de 2,5 millones de toneladas para las importaciones de terceros países y de países que no fueran los ACP tradicionales. Las importaciones que excedieran esta cuota quedaban sujetas al pago de un alto arancel. Se consideró ofrecer asistencia compensatoria a los productores de la Comunidad basada en reducciones del precio de mercado, así como la asistencia estructural para mejorar los niveles de competitividad de la producción.

    El aspecto más polémico de la Organización del Mercado Común del Banano, cuyos efectos negativos impactan particularmente a transnacionales como Dole, Chiquita y Del Monte, es el establecimiento de un sistema de distribución de cuotas de importación orientado a crear "asociaciones" entre los productores de la Comunidad y los importadores de la zona del dólar. Este mecanismo pretende garantizar un mercado para 30 por ciento de la producción de la Comunidad, que es la parte atribuida a los operadores que trabajan con banano de los países ACP tradicionales, mientras que sólo 66,5 por ciento es destinado a las importaciones de terceros países y de países que no sean los ACP tradicionales; es decir, la parte atribuida a los importadores que operan en Alemania y los países de Europa del Norte. El 3,5 por ciento restante se reserva para nuevos operadores. A su vez, las licencias de importación se dividen entre los diversos eslabones de la cadena: en el caso del banano de la Comunidad, se asigna 57 por ciento al sector productor-exportador, 15 por ciento a los importadores y 28 por ciento a quienes maduran el producto.

    CUOTAS DE ORGANIZACIÓN DEL MERCADO
    COMÚN DEL BANANO DE LA UNIÓN EUROPEA

     Origen

    Límite

    Arancel

     

    Banano de la Comunidad

    854.000 tons.

    ninguno

     

    Banano de ACP trad.

    857.000 tons.

    ninguno

     

    Terceros países y ACP no tradicionales

     

    2.553.000 tons.

    Con cuota arancelaria (CA)

    Costa Rica: 23.4% CA

    Colombia: 21,0% CA

    Nicaragua: 3,0% CA

    Venezuela: 2,0%

    Otros países del "banano dólar": 46,5% CA

    ACP no trad.: 90.000 tons.

    Con cuota arancelaria (CA)

    Costa Rica: 23.4% CA

    Colombia: 21,0% CA

    Nicaragua: 3,0% CA

    Venezuela: 2,0%

    Otros países del "banano dólar": 46,5% CA

    ACP no trad.: 90.000 tons.

    1) incluidos en la cuota arancelaria (CA) 75 ECUS por t. para la zona del "banano dólar" y 0 ECUS para el "banano ACP"

    2) fuera de la CA: 850 ó 750 ECU/ton.

    Fuente: Regulaciones de la CEE 404/93, 3224/94 y 3290/94

    La organización del Mercado Común del Banano hizo que el mercado europeo experimentara una transformación que tuvo un fuerte impacto en el mercado internacional. Se forjaron nuevas alianzas y se observó un crecimiento externo en muchas transnacionales europeas y estadounidenses. Empresas que habían operado tradicionalmente en la zona del "banano dólar" comenzaron a hacer inversiones en Africa, estableciendo nexos con operadores de la zona de producción europea. Aún siguen observándose cambios, y las mayores batallas se están librando entre las grandes empresas y el importante papel que desempeñan las autoridades comunitarias. La organización del Mercado Común del banano ha sido impugnada fuertemente por los países latinoamericanos. En 1992 Costa Rica, Colombia, Guatemala, Nicaragua y Venezuela solicitaron que el GATT designara un primer grupo de expertos. Estos países se oponían a la protección de mercados ejercida por Francia, Grecia, Inglaterra, Italia, España y Portugal. En mayo de 1993, con base en los artículos XI y I del GATT, el grupo de expertos dictaminó que las cuotas y otros aranceles preferenciales aplicados por varios países europeos eran ilegales. La Unión Europea bloqueó la aprobación de esta resolución durante un año en el Consejo de Representantes del GATT. En 1993, cuando la Unión Europea lanzó su organización del Mercado Común del Banano, se ignoró completamente el dictamen del grupo de expertos del GATT.

    La creación de esa organización provocó que se solicitara la designación de un segundo grupo de expertos, petición formulada en esta ocasión por Estados Unidos, Ecuador, Guatemala, Honduras y México. Dicho grupo de expertos dictaminó que la regulación europea violaba diferentes artículos del acuerdo del GATT y recomendó que la UE modificara derechos específicos, en particular los derechos preferenciales concedidos a los países ACP, así como las licencias de importación. Los representantes de la UE en Ginebra bloquearon una vez más esta resolución. La Unión presentó también una apelación del dictamen del grupo de expertos, argumentando que Estados Unidos no era un país productor y, por lo tanto, no podía constituirse en parte de los procedimientos de arbitraje. En septiembre de 1997, la OMC rechazó la apelación europea y confirmó la decisión del grupo de expertos. Esta decisión cuestiona seriamente el sistema mediante el cual Europa organizó el mercado del banano. La capacidad de respuesta europea, que contemplaba el pago de una indemnización a los países productores por los daños ocasionados o el cambio del sistema, se vio cercenada significativamente porque Estados Unidos no estaba dispuesto a aceptar una compensación y exigía un cambio en el funcionamiento del mercado europeo.

    El dictamen sobre la organización del Mercado Común del Banano no rechazaba del todo el sistema europeo con relación al mercado del banano. Más aún, consideraba legítimas las limitaciones de acceso al mercado de la UE, determinadas con base en el número de toneladas. En consecuencia, se aceptó la cuota de más de dos millones de dólares concedida al "banano dólar". Del mismo modo, la OMC aceptó el acceso privilegiado de los países ACP. Pero, por otra parte, la OMC lanzó un ataque contra el centro mismo del sistema de mercado europeo: el manejo de las licencias de importación, así como el recurso de conceder licencias de importación para el "banano dólar" como medida para compensar las pérdidas en caso de desastres climáticos.

    El acuerdo que firmaron en 1994 Costa Rica, Nicaragua y Venezuela con la Unión Europea no incluyó a Ecuador, el principal productor mundial de banano, porque para la época este país no era miembro del GATT. El acuerdo contemplaba un aumento de 200.000 toneladas en la cuota y una reducción del arancel de importación por tonelada de 100 ECUs a 75 ECUs, así como un tratamiento más favorable en el otorgamiento de licencias de importación. En contrapartida, estos países desistieron de la demanda incoada contra la Unión Europea.

    Es posible que la organización del Mercado Común del Banano se convierta en un punto de fricción en cuando se inicie la próxima ronda de negociaciones agrícolas en la OMC. Uno de los temas cruciales que serán discutidos es la compatibilidad que existe entre la Convención de Lomé y las reglas de la OMC. Los certificados de exportación, la reducción de los aranceles aduaneros y las cuotas de importación impuestas por Europa son otras áreas que merecen ser analizadas en la próxima ronda de negociaciones. El aspecto más significativo que revela este caso es el hecho de que algunos productos aún se negocian fuera del marco de las negociaciones sobre el comercio mundial.

    El Mercado Internacional del Banano

    Del total de 45 millones de toneladas de banano producidas en todo el mundo, se exportan cerca de 10 millones de toneladas a la Unión Europea. Por las ventas al detal en la UE se facturan aproximadamente US$6 mil millones. En América Central (particularmente en Costa Rica, Honduras y Guatemala), así como en Ecuador y Colombia, el banano constituye una fuente importante de divisas.

    Volumen de exportaciones de la UPEB (Unión de Países Exportadores de Banano) y Ecuador (en millones de cajas de 18,14 kg)

        1989 1990 1991 1992
    TOTAL   312,5 359,0 391,7 424,2
    UPEB   221,6 238,4 245,5 276,8
      Colombia 48,3 54,5 69,8 74,7
      Costa Rica 67,5 74,1 80,9 91,4
      Guatemala 19,3 21,5 18,3 24,1
      Honduras 45,0 42,3 31,4 43,2
      Nicaragua 4,0 5,2 6,1 3,3
      Panamá 37,5 40,7 38,9 40,1
      Ecuador 90,9 120,6 146,2 147,5

    Origen del banano consumido en la CEE en 1990
    (en porcentajes)

     América Latina 61%
    Países ACP 18%
    Producción interna de la CEE 21%

    Oferta y demanda de banano de los principales países
    (En miles de toneladas métricas)

     Región 1989 1990 1991 1992

    OFERTA

    UPEB 4.023 4.337 4.477 5.123
    Ecuador 1.649 2.160 2.650 2.675
    Resto de los exportadores 1.393 1.471 1.603 1.775
    TOTAL 7.065 7.968 8.730 9.573

    DEMANDA

    Estados Unidos 3.088 3.098 3.221 3.547
    CEE 3.011 3.298 3.485 3.893
    Resto de los importadores 1.163 1.362 1.629 1.460

    TOTAL

    7.262

    7.758

    8.335

    8.800

    Fuente UPEB: La actividad bananera en 1992.

    Las Empresas Transnacionales y el Comercio Mundial del Banano

    A principios del siglo XX la empresa United Fruit Company (UFC) comenzó a cultivar banano a gran escala en América Latina. El desarrollo de la producción del banano estuvo estrechamente ligado a las inversiones hechas en el transporte ferroviario. La UFC, fundada en 1899, recibió importantes concesiones ferroviarias y amplios márgenes de tierras adyacentes a las vías férreas. En 1932, la UFC controlaba aproximadamente 2.500 km de vías férreas en América Central y Colombia y poseía una flota de más de cien buques.

    Hacia 1926 hizo su aparición en América Latina la Standard Fruit Company y, para 1967, se había consolidado en la región la compañía Del Monte (que había adquirido una parte de la UFC, la cual tuvo que vender más tarde a causa de las leyes antimonopolio de Estados Unidos). Algunos años más tarde, la UFC pasó a llamarse United Brands y hoy opera bajo el nombre y marca registrada Chiquita.

    Hoy las transnacionales no participan directamente en la producción. El sistema aplicado actualmente se basa en plantaciones de entre 300 y 1.000 hectáreas, propiedad de cooperativas o corporaciones que funcionan por contrato. Estas plantaciones poseen sus propias plantas de embalaje y venden la fruta a las transnacionales, las cuales dedican sus esfuerzos a la exportación comercial del producto. De este modo, esas empresas se liberan de los riesgos inherentes a la producción y de las considerables inversiones por este concepto.

    En años recientes se ha observado un aumento del número de empresas que actúan en este sector en América Latina. Además de las tres grandes transnacionales que operan bajo los nombres comerciales Chiquita, Dole (Standard Fruit Company) y Del Monte, participan también el grupo Noboa en Ecuador (la marca Bonita), las empresas colombianas Banacol, Uniban y Proban y las multinacionales Fyffes (Irlanda), Geest (Gran Bretaña) y Jamaica Producers.

    En 1994, las transnacionales tuvieron la participación siguiente en el mercado europeo:

    
               Chiquita (EE.UU.)              18,5%
               Dole (EE.UU.)                  15,0%
               Del Monte (EE.UU.)              8,0%
               Fyffes (Irlanda) + Geest (GB)  16,5%
    

    Fuente: Arthur D. Little Report, 1994

 

 


http://www.sela.org
sela@sela.org
   SELA,  Secretaría Permanente
Av Francisco de Miranda, Torre Europa, Piso 4, Urb. Campo Alegre,
Caracas 1060- Venezuela
Tlf: (58) (212) 955.71.11 Fax: (58) (212) 951.52.92