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Republica Dominicana

Última actualización: 02/2023
En breve

Residencia

Existen 4 tipos de residencia:

Residencia Definitiva: Otorga el derecho a residir de manera permanente en el país. Puede ser solicitada por extranjeros que hayan residido de manera continua en el país por un período de 10 años o más.

Visa de Residencia por Pensión/Jubilación: Otorga el derecho a residir de manera permanente en el país. Puede ser solicitada por personas que demuestren tener ingresos extranjeros de un mínimo de USD $1.500 mensuales.

Visa de Residencia por Reunificación Familiar: Otorga el derecho a residir de manera temporal en el país. Puede ser solicitada por personas con lazos de parentela con un ciudadano nacional o residente permanente.

Visa de Residencia por Inversión: Otorga el derecho a residir de manera permanente en el país. Puede ser solicitada por personas inversoras que cuenten con un Certificado de Inversionista emitido por el CEI-RD.

Visa de Residencia por Rentistas: Otorga el derecho a residir de manera permanente en el país. Puede ser solicitada por individuos que demuestren pruebas de haber realizado inversiones personales en el país.

 

Permiso de trabajo

Permiso para Trabajadores Temporeros: otorgable a personas que ingresan al país con un contrato de trabajado válido. Es válido por 1 año y renovable por 1 año.

 

Nacionalidad

Existen 2 formas de adquirir la nacionalidad:

Por Nacimiento: aplicable a personas nacidas en territorio nacional, de padres con condiciones migratorias regulares y no miembros del cuerpo diplomático de otro país; a personas nacidas en el extranjero con un padre nacional y que escogen la nacionalidad de República Dominicana al cumplir la mayoría de edad.

Por Naturalización: aplicable a personas extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos en la ley. Puede ser solicitada por: extranjeros con más de 2 años de residencia legal; hombres extranjeros que hayan residido de manera legal en el país y hayan contraído matrimonio con una mujer ciudadana nacional; mujeres extranjeras que hayan contraído matrimonio con un ciudadano nacional; hijos adoptados por ciudadanos nacionales; cónyuges femeninas e hijos pueden obtener la nacionalidad a través de la naturalización de su cónyuge; hijos adultos de ciudadanos naturalizados, habiendo ejercido residencia legal de 1 año, o personas que hayan prestado servicios excepcionales al país.

 

Doble nacionalidad

Permitida

 

Para más detalles consultar

https://migracion.gob.do/servicios/servicios/

Fuente: Portal de Datos Mundiales sobre la Migración (OIM)
Migrantes internacionales 603,8 mil
Migrantes internacionales (% de población) 5,6%
Emigrantes internacionales 1,6 millones
Migración neta - 150 mil
Remesas personales recibidas (% del PIB) 10,6%
Mujeres migrantes (%) 36,6%
Migrantes mayores (% para >65) 3,3%
Refugiados en el país 172
Refugiados originados en el país 590